Corte Primera no suspendió multa a Globovisión

La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declaró improcedente la suspensión de la multa por 9,3 millones de bolívares que impuso Conatel a Globovisión por supuesta infracción de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos durante la cobertura periodística de los hechos ocurridos en las cárceles Rodeo I y II a mediados de junio de este año. Además, los jueces Enrique Sánchez, Efrén Navarro y María Eugenia Mata negaron la intervención de 59 periodistas de Globovisión como partes interesadas en el juicio de nulidad contra la multa impuesta. El 18 de octubre Conatel sancionó a Globovisión por considerar que incitaba a desconocer las leyes, alteraba el orden público, fomentaba la zozobra, demostraba odio político y constituía apología al delito.

En un comunicado los trabajadores de Globovisión señalaron que los jueces inadmitieron la intervención de los periodistas, con la excusa de que no estuvieron presentes en la sede de la Corte al momento de consignar la demanda. Denunciaron que la razón por la cual no se presentaron fue porque así lo pidió el Tribunal. Calificaron la decisión de atropello del Poder Judicial en contra de la libertad de información y consideraron pretextos falsos, cínicos y formales el que se les impida participar en el juicio y defenderse de las acusaciones que hizo Conatel contra los trabajadores del canal. En el comunicado denuncian que los jueces hayan sentenciado que sólo los políticos gozan de libertad de expresión en Venezuela y que como Globovisión y sus periodistas no pertenecen a partidos políticos no tienen derecho a ejercer la libertad de expresión.

El consultor jurídico de Globovisión, Ricardo Antela, explicó que cuando la planta alegó la violación de la libertad de expresión la Corte evocó una sentencia de 2005 y ratificó que la expresión política sólo la pueden ejercer los políticos. Antela agregó que la Corte...

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