Discontinuidad en días de descanso flexibiliza la ley

Empresas de trabajo continuo y por turno podrán cumplir con el otorgamiento de los días de descanso a sus trabajadores que establece la Ley Orgánica del Trabajo con mayor flexibilidad, señaló el abogado laboral Pedro Casale. Indicó que, según el reglamento parcial de la Ley publicado en la Gaceta Oficial el 30 de abril de 2013, el empleador podrá fijar al trabajador días libres distintos al domingo sin la obligación de que sean continuos.Casale señaló que una de las principales trabas que enfrentaron los patronos de las empresas de trabajo continuo o por turnos para adecuarse a la LOT fue la reducción de la jornada laboral de 44 a 40 horas semanales y el otorgamiento de los dos días libres continuos Tras la publicación del reglamento, en el artículo 13 se concede a los patronos la potestad de fraccionar los dos días continuos de descanso.Con esa disposición, las em presas de producción continua están facultadas para trabajar el domingo. Además le permite al patrono otorgarle los días de descanso al trabajador durante la semana sin afectar la operatividad. Explicó que desde el punto de vista del empleado se continúa amparando sus derechos. Quien labore el domingo recibirá el salario correspondiente a ese día, más otro por el trabajo realizado con recargo de 50% sobre el salario normal, según lo establece el artículo 120 de la LOT, aseguró.Cuando en la semana se fi je un solo día de descanso deberá ser compensado con un día adicional de disfrute en el período vacacional correspondiente a ese año, con pago de salario y sin...

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