Se desconoce si el Estado cuenta con recursos para aplicar las leyes

Aunque la Constitución y el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional son precisos en cuanto al proceso de formación y aprobación de leyes, el Parlamento se saltó normas que garantizan la transparencia en la discusión de los instrumentos jurídicos y su aplicabilidad. La mayoría de las leyes apro badas desde enero careció del informe de Impacto Económico y Evaluación Presupuestaria que ordena el artículo 103 del Ridan, documento que permite prever si el Estado o el sector productivo que regulará la norma tendrán capacidad de asumir el costo monetario de su ejecución. Otra de las anomalías registradas durante el año legislativo que culmina el jueves tuvo que ver con el cambio arbitrario de forma, fondo y/o carácter de algunas leyes. Carecieron del IEEP la Ley contra el Olvido, que establece la devolución de propiedades a familiares de los desaparecidos y su incorporación a los programas sociales; la reforma de la Ley de Ejercicio de la Medicina, que establece la incorporación de los médicos integrales comunitarios al sistema de salud pública; la Ley del Deporte, que creó un fondo de contribuciones del sector privado; la Ley de Arrendamientos, introducida por iniciativa popular; la Ley contra la Estafa Inmobiliaria; y la de Compras Programadas. La diputada Vestalia Sampe dro, de Proyecto Venezuela, integrante de la Comisión de Finanzas, subrayó la importancia del informe: Cualquier empresa pública o privada necesita considerar en sus planes de producción e inversión anuales cuáles gravámenes, impuestos, erogaciones y bonificaciones tienen que hacer de acuerdo con la legislación vigente. Eso tiene una incidencia en el aparato productivo; y en el caso del sector público es determinante conocer en qué medida el Estado puede aplicar las leyes que se aprueban. Tres botones. La Ley Orgáni ca del Servicio Exterior es un ejemplo sobre cómo se legisló este año. El proyecto se comenzó en 2009 y, a pesar de implicar modificaciones operativas y de personal en la Cancillería, no contó con su IEEP. El carácter orgánico se aprobó con los votos del PSUV luego de una maniobra denunciada por la oposición en plena sesión. El artículo 203 de la Constitu ción señala que todo proyecto de carácter orgánico será admitido como tal por las dos terceras partes de los diputados presentes, antes de que se inicie su discusión. Omar Barboza, de UNT, reclamó que la ley había sido aprobada en primera discusión en 2010 sin esa denominación. Cuando entró en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR