Empresas socialistas no rinden cuentas

El artículo 141 de la Constitución de la República establece claramente que el Estado está al servicio de los ciudadanos, y le impone las obligaciones de actuar con honestidad, celeridad, eficacia, transparencia. De la misma manera, la referida norma destaca el sometimiento a las leyes de responsabilidad en el ejercicio de la función pública, así como la ineludible obligación que tiene la administración de rendir cuentas. Si concatenamos el anterior dispositivo legal con el artículo 62 de la carta magna, que establece el derecho pleno que tienen los ciudadanos y ciudadanas de involucrarse de manera directa en los asuntos públicos, de participar en la ejecución y control de la gestión pública, no podemos menos que exigir que las impenetrables cajas fuertes en que se han convertido las empresas de producción de alimentos expropiadas o adquiridas forzosamente por el Estado venezolano abran sus puertas y rindan cuenta de sus gestiones y avances de manera pública; una rendición de cuentas que más que cuentos permita auditar de manera real sus niveles de producción. Más que palabras, se demanda la constatación, con pruebas de manera veraz y oportuna, de cómo se manejan los re cursos del pueblo venezolano y en qué estado de materialización se encuentra el legítimo y fundamen tal derecho a la segu ridad alimentaria...

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