Reglamento parcial de la LOT regula jornadas y tiempos de trabajo

En Gaceta Oficial N° 41.157, de fecha martes 30 de abril de 2013, el presidente de la República, Nicolás Maduro, aprueba el Decreto 44 en el que se publica el reglamento parcial de la nueva Ley Orgánica del Trabajo (LOT).

El reglamento parcial de la LOT se refiere exclusivamente a las regulaciones relacionadas con el tiempo y jornada de trabajo. Allí se establece en el artículo 13, por ejemplo, que el domingo es un día de descanso obligatorio, a excepción de aquellas empresas que desarrollan trabajos que no son susceptibles de interrupción por razones de interés público, técnico o eventual. El reglamento establece entonces que el segundo día de descanso para que sea continuo deberá fijarse el sábado o lunes.

El instrumento describe que en la categoría de empresas con trabajos no susceptibles a interrupción entran los medios de comunicación, la producción y distribución de energía eléctrica, telefonía y telecomunicaciones en general, estaciones de servicio, centros de salud, farmacias, abastos y supermercados, hoteles, restaurantes, medios de comunicación, transporte público y todos aquellos trabajos destinados a reparar deterioros causados por eventos naturales, accidentes de tránsito, ferroviarios o aéreos.

Empresas 24 horas

También se incluyen todas aquellas industrias que utilicen hornos y calderas; trabajos que se realizan en determinadas épocas; las actividades científicas y técnicas que requieren supervisión; la producción agrícola y pecuaria; trabajos de refinación; de mantenimiento de equipos e infraestructuras, entre otras actividades.

En el caso de aquellas empresas con trabajos continuos y por turnos, es decir, aquellas fábricas que prestan servicio las 24 horas del día, podrán fijarse días de descanso distintos al domingo, sin la obligación de que sean continuos.

También establece, en su artículo 11, que el Ministerio del Trabajo podrá...

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