La ley de vehículos sanciona a medios y entes bancarios

Los propietarios o presidentes de ensambladoras automotrices, importadoras, comercializadoras, vendedoras de repuestos, empresas aseguradoras, instituciones financieras, estacionamientos, medios de comunicación, páginas web y otros medios publicitarios serán responsables por los ilícitos que comentan las empresas que representan, según lo establecido en el artículo 36 del proyecto de ley que regula la compra y venta de vehículos automotores nuevos y usados nacionales o importadores.El instrumento jurídico or dena sanciones conforme con la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo.Las entidades financieras y los medios de comunicación están incluidos en este apartado, porque el texto establece prohibiciones al respecto.En el caso de las institucio nes bancarias, el artículo 28 señala que no podrán otorgar créditos para la compra de vehículos nuevos o usados, por montos superiores al precio máximo de venta establecido por el órgano con competencia en la materia. Según el apartado 4, el Ejecutivo, por medio de la Superintendencia Nacional de Costos y Precios, fijará los importes máximos de venta de automóviles.El artículo 21 expresa que los medios de comunicación, electrónicos, páginas web y otros medios publicitarios tie nen prohibido la publicación de avisos clasificados de vehículos nuevos o usados, nacionales o importados, con precios mayores a los establecidos por el Estado. La contravención de este artículo será sancionado con la aplicación de una multa de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR